miércoles, 11 de abril de 2012

Sobre...Contratos

Según el derecho un contrato es un acuerdo de voluntades entre dos o más partes en la que se exponen por escrito y siguiendo las directrices de la Ley imperativa que rija dicho sector (Civil,Mercantil) las bases del "pacto" que puede ser,entre particulares y sociedades o entre sociedades de todo tipo.La escasez de cosas en el mundo hace muy necesaria la figura del contrato, de esta forma se produce un "pacto" siempre bilateral que traerá por una parte el pago del precio y por la otra la entrega de la cosa.Un contrato firmado tiene valor legal, siempre y cuando se produzca según dicte la Ley imperativa (CC o LAU) por poner algunos ejemplos y se reconozca  la territorialidad de los juzgados de la ciudad en la que se firma.

Además del contrato de Arrendamiento y Compra Venta (los más usuales), se dá la figura del contrato de trabajo que siguiendo las pautas de la doctrina laboral debe de ser con las características típicas, como son la temporalidad y tipo de contrato (obra y servicio o posibilidades de la producción) o el ordinario (indefinido Modelo 100).Una vez que se firma un contrato comienza un proceso de voluntariedad a unas clausulas que deben de ser cumplidas (en la medida de lo posible y con las clausulas "pactadas") por las partes y a poder ser de forma y fondo productivo y de mejora de la técnica en la disciplina en la que se produce, la autonomía de la voluntad es la base .A mi personalmente el contrato que más me llamó siempre la atención y que además práctico con ainco es el de Arrendamientos Urbanos, este tipo de contrato tiene por objeto pagar un precio pactado e intercambiarlo por una cosa (Siempre inmueble), las cosas muebles se tratarán por el de compraventa.

Para mayor información sobre el tema existen en internet  muchas páginas que hablan, más en rigor.. que este humilde escrito (a vuela pluma).El articulado es tan extenso que siempre habrá mejores expertos en la materia dispuestos a redactarlos y los intervinientes a comprometerse, por una parte con el pago y por otra con la entrega de la cosa pactada.La firma es fundamental en cualquier pacto, sin ella no es posible llevar a cabo ninguna accción de ningún tipo de esta manera sin el consentimiento de ambas partes contratantes no se produce ningún efecto tipo (incluso en los metajurídicos).La seguridad siempre que existan equipos dispuestos a crear las bases de una nueva aventura técnica es fundamental desde cualquier punto de vista, tanto normativo como intuitivo y básico.-

Los chanchuyos y demás peripecias son típicas, antijurídicas y culpables y se deberá respetar a quien controla de la materia para que se produzca el efecto deseado.

Aqui os dejo un modelo de contrato, en este caso el de compraventa que es muy util para llevar a cabo compras para posteriormente venderlas a cambio del citado precio pactado.Hoy en día con un teléfono movil, una conexión a internet, un correo electrónico y bilateralmente se puede llegar a conseguir el objeto del pacto- Pinchar sobre el enlace--

http://cartastipo.blogspot.com.es/2009/11/modelo-contrato-compra-venta-mercantil.html

Un saludo Amigos!

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